CLÁUSULAS BANCARIAS

Tras años de cargar indebidamente los gastos para la formalización de hipotecas y productos, esto se declaró abusivo y existe posibilidad de reclamar su devolución.

Las cláusulas abusivas en la contratación bancaria se caracterizan por no haber sido negociadas individualmente y ser impuestas por la entidad, valiéndose ésta de una posición de privilegio que ostenta frente a los consumidores. Por ello, lo fundamental para considerar abusiva una cláusula o condición general de la contratación es que no haya sido negociada de forma particular. No obstante, deben darse, con carácter general, otros factores, para que pueda catalogarse como tal: Límites a ciertos derechos de consumidores y usuarios. Falta de reciprocidad contractual entre obligaciones y derechos de consumidor y empresa etc. Las cláusulas abusivas se dan en un gran abanico de productos financieros (créditos al consumo, hipotecas, contratos de cuentas corrientes, planes de ahorro, tarjetas de crédito etc.)
Preguntas frecuentes

¿Hasta cuando puedo reclamarlo?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que el plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios cuando la cláusula del contrato es abusiva debe empezar a contar desde el momento en que haya una sentencia firme que declare nula esa cláusula. El consumidor tiene un conocimiento cierto de que la cláusula que se le aplicó era irregular en el momento en que se declara abusiva y es desde esa fecha cuando puede empezar a correr el plazo de prescripción de la acción de restitución.

¿Qué cantidad puedo reclamar?
Es necesario reunir toda la documentación pertinente para evaluar la viabilidad de tu caso y calcular la cantidad de dinero que tu entidad bancaria te debería reembolsar, pero en principio se puede reclamar:
Factura de notaría (50%)
Factura de gestoría (100%)
Factura de tasación (100%)
Factura Registro de la Propiedad (100%)

¿Qué documentación necesito?
La documentación es muy fácil de aportar, solo necesitamos comprobar las condiciones de tu contrato de de hipoteca, cuenta corriente o de lo que vayamos a reclamar, pero inicialmente necesitamos:
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Escritura de préstamo hipotecario. En caso de no encontrar la escritura se puede pedir una copia simple ante notario, ó
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Contrato del producto financiero contratado.
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Todas las facturas y recibos que se tengan.
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